ÍNDICES A LOS QUE PERTENECE:






Año 20 •   •   •   •  

Carolina Balleza Valdez
La motivación de la sentencia en cien años de la Constitución de 1917


Los actos de autoridad, especialmente los emitidos por el Poder Judicial, se encuentran limitados por la obligación de motivar sus propias determinaciones, obligación que con los años se ha vuelto ineludible. Esta obligación de motivar las resoluciones por parte de las autoridades judiciales, se observa en México por primera vez en la Constitución de 1857, en su artículo 16; posteriormente al reformarse la Constitución de 1857 se continúa con el mismo deber, para continuar con tal tradición en la Constitución de 1917. Actualmente, la obligación de motivar las sentencias se ha visto modificada en cuanto a su alcance, puesto que antes se apreciaba como un mero requisito de formalidad, pero ahora, tras casi 160 años de que fue impuesta, se observa como un derecho contenido dentro de las garantías judiciales del debido proceso.
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Última actualización 1 de noviembre del 2017